Usar la capitalización del paro para montar tu tienda online

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Quedarse en el paro es una situación muy delicada: incertidumbres, miedos, necesidad de actualizarse…

No obstante, también puede convertirse en una oportunidad de emprender, convertirse en líder de un pequeño proyecto y prescindir de jefes.

Afortunadamente, el Estado español ofrece esta posibilidad a través de la capitalización del paro.

Gracias a esto, son miles de personas las que se convierten en pequeños empresarios utilizando herramientas digitales.

En nuestro despacho profesional, Escobar y Sánchez Abogados, asesoramos sobre esta opción para las personas que quieren capitalizar el paro, pero no saben cómo hacerlo, cuáles son los requisitos y qué pasos hay que dar para emprender con éxito con un e-commerce.

Repasamos algunos de los puntos más importantes de esta herramienta que ofrece la Seguridad Social:

Índice
  1. En qué consiste la capitalización del paro
  2. Requisitos que deben cumplirse para capitalizar el paro
  3. Cómo capitalizar el paro para montar un e-commerce

En qué consiste la capitalización del paro

Es muy fácil entender qué es y cómo capitalizar el paro.

Cuando una persona finaliza un contrato o sufre un despido improcedente, entonces tiene derecho a recibir una prestación por desempleo.

Lo que comúnmente se llama "paro" es una cantidad mensual que la Seguridad Social abona en relación con el grado de cotización acumulado por la persona.

La capitalización del paro implica cobrar todo este dinero que corresponde en un único pago, o compatibilizar este con la puesta en marcha de otro proyecto personal.

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De esta manera, el desempleado se encuentra con una cantidad de capital que puede resultar la inyección de líquido necesaria para comenzar un proyecto independiente.

Si además hablamos de un comercio online, donde los gastos de inversión son muy reducidos, capitalizar el paro es una opción muy interesante para convertirse en jefe de uno mismo, adquirir independencia laboral y hacer algo positivo con la prestación por desempleo.

Requisitos que deben cumplirse para capitalizar el paro

Capitalizar el paro es una herramienta que está sujeta a una serie de requisitos que el candidato o candidata debe cumplir.

En Escobar y Sánchez Abogados lo primero que hacemos cuando alguien interesado en solicitar asesoría para ello es comprobar si se dan los siguientes supuestos:

Estar verdaderamente en paro

El contrato ha debido finalizarse y el extrabajador no puede estar dado de alta en la Seguridad Social ni haber comenzado la actividad económica.

Además, debe haber acumulado al menos tres mensualidades de prestación por desempleo en sus trabajos anteriores. Esto está relacionado con la antigüedad en las empresas (cuatro meses de paro por año cotizado y hasta un máximo de dos años).

Querer convertirse en autónomo o empresario

Los requisitos de capitalizar el paro exigen que la persona que recibe ese ingreso único se haga autónomo de manera estable o, en su defecto, se integre como socio en una cooperativa o sociedad.

Por supuesto, el inicio de la actividad no puede demorarse en el tiempo; quien recibe esta ayuda tiene un plazo máximo de un mes para iniciar la labor elegida desde que se le concede el pago.

No estar en un proceso contra la empresa anterior

Si una persona ha impugnado el despido, ha denunciado a la empresa y no acepta la finalización de su contrato, no podrá hacer esta petición hasta que se resuelva el expediente de impugnación.

Cómo capitalizar el paro para montar un e-commerce

Una vez que se cuenta con la posibilidad, se cumplen con los requisitos para capitalizar el paro y se ha elegido la modalidad del pago único —también es posible compatibilizar el cobro mensual del paro con el inicio de la actividad autónoma si no se requiere inversión inicial—, estos son los pasos para capitalizar el paro:

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Acudir a la Oficina de Empleo SEPE

El SEPE es el encargado de valorar todos los expedientes y determinar si la persona que se quiere beneficiar de esta opción es apta para ello.

Para eso, se puede solicitar cita y reunirse con un técnico de esta Administración.

Habrá que acudir con una solicitud y una memoria de la actividad, donde se refleje el plan: cuál es el objetivo de la empresa, cómo se elaborará el e-commerce, cuál es la inversión necesaria, etc.

Actualmente, esto también puede hacerse en cualquier oficina del registro público o por correo administrativo.

Dejar el IVA de lado

La posibilidad de la capitalización del paro no subvenciona el IVA a abonar por ninguna actividad.

En este sentido, el solicitante deberá contar con esto a la hora de presentar los presupuestos y, sobre todo, tener ahorros suficientes para afrontarlos una vez que se lleven a cabo las inversiones.

Otras condiciones

Por supuesto, el solicitante debe ser ciudadano español o no nacional, pero de cualquier otro país de la Unión Europea y que haya trabajado en nuestro territorio.

Con ello, ya se podrá poner en marcha la web, que debe adaptarse a toda la normativa española de facturación, protección de datos, etc., y dar inicio al proyecto que desea.

Estos son los principales puntos de una herramienta que el Estado utiliza para que decenas de personas, cada día, puedan emprender en un país en el que, sin tener un capital básico inicial, resulta bastante complejo.

En Escobar y Sánchez Abogados acompañamos a nuestros clientes tanto a la hora de plantear su proyecto como para realizar la solicitud y preparar todas las memorias y justificantes.

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Si te estás planteando la capitalización del paro, contacta con nosotros para que te ofrezcamos la mejor orientación al respecto.

José Antonio Escobar Alcobert

José Antonio Escobar Alcobert

Abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla núm. 7296. Máster en Derecho por la Universidad de Sevilla. Letrado con más de 25 años de experiencia.

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