Suspenso a la Justicia Suspensión Ley Antidesahucios

Suspenso a la Justicia Suspensión Ley Antidesahucios 2
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  1. Sigue Suspendida parcialmente la Ley Antidesahucios andaluza.
    1. El Tribunal Constitucional mantiene la suspensión cautelar de los preceptos impugnados de la Ley andaluza de medidas para asegurar la función social de la vivienda, más conocida como 'ley antidesahucios', que fue recurrida por el Gobierno central, hasta que haya sentencia sobre el fondo.

Sigue Suspendida parcialmente la Ley Antidesahucios andaluza.

El Tribunal Constitucional mantiene la suspensión cautelar de los preceptos impugnados de la Ley andaluza de medidas para asegurar la función social de la vivienda, más conocida como 'ley antidesahucios', que fue recurrida por el Gobierno central, hasta que haya sentencia sobre el fondo.

"Suspenso por los pelos"

La suspensión ha contado con siete votos a favor, sin embargo cinco magistrados firman un voto particular (es decir, motivan su discrepancia) en el que se oponen a dicha resolución.

Por este motivo y es lamentable, los artículos de la Ley que todavía siguen en suspenso (hasta que el Tribunal Constitucional dicte sentencia) son los que permiten sancionar a las entidades financieras por seguir acumulando viviendas vacías y expropiarles temporalmente el uso de esas viviendas, para así evitar el desahucio de familias en riesgo de exclusión social acreditado.

"Un Recurso con Vista"
El recurso de inconstitucionalidad se ha interpuesto contra los preceptos de la mencionada ley, relativos curiosamente a la "declaración de interés social, a efectos de expropiación forzosa de la cobertura de necesidad de vivienda de personas en especiales circunstancias de emergencia social", así como contra la "definición de viviendas deshabitadas" y la "clasificación de infracciones muy graves" para las entidades bancarias que no saquen estas viviendas al mercado del alquiler.

Por tanto, la Ley no queda enteramente en suspenso, sino sólo los preceptos impugnados por el gobierno.

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