Nueva Ley de Tráfico
La reforma de la ley legaliza los radares de tramo y habilita a la Guardia Civil a cobrar 'in situ' las sanciones con tarjeta de crédito.
Entra en vigor la nueva Ley de Tráfico
Números redondos para pagar las sanciones de tráfico.
Esta última es precisamente una de los hábitos más castigados en lo que va de año.
El jefe provincial de Tráfico, Luis Javier Herrero, asegura que un 5% de las denuncias interpuestas es por este motivo, lo que ha supuesto un aumento con respecto al año pasado.
La mayoría de infracciones son por por exceso de velocidad o por conducir sin cinturón o con el móvil pegado a la oreja.
Hasta ahora esas infracciones eran penadas con hasta tres puntos, castigo que se mantiene e incluso puede ser mayor dependiendo de la gravedad.
Lo que cambia con el nuevo sistema es la reducción de trámites
De hecho, la ley elimina de un plumazo la diversidad de baremos aplicados ante una misma infracción por los ayuntamientos y «así cada uno sabrá a lo que atenerse», explicó ayer mismo el ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba.
«Quienes quieran pagar, lo van a tener más fácil y con un mayor descuento».
Advirtió que con ello no creen que la recaudación por multas vaya a subir.
El dinero de ellas estará dedicado en su integridad a proyectos de seguridad vial. En todo caso, el ministro reconoció que quién se acoja al pronto pago -quince días después de la notificación de la denuncia- «no podrá hacer frente a las alegaciones», explicó.
Este sistema permite pagar la sanción 'in situ' con tarjeta de crédito.
«Invisibles» al radar
Entre las novedades de la reforma de la ley está la legalización de los radares de tramo, que sancionarán a los que circulen entre dos puntos a una velocidad media superior a la establecida.
Una innovación destinada a los usuarios de las bicicletas es la tipificación como infracción el no circular por la noche con luces y elementos reflectantes.
INFRACCIONES Y PÉRDIDAS
6 puntos
Conducir con una tasa de alcohol superior a la permitida.
Conducir bajo los efectos de estupefacientes o estimulantes.
Negarse a someterse a las pruebas de alcoholemia o de drogas.
Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario o participar en carreras o competiciones no autorizadas.
Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares.
El exceso en más del 50% en los tiempos de conducción o descanso en transporte terrestre.
Colaborar en la colocación de elementos que alteren el funcionamiento del tacógrafo o del limitador de velocidad.
4 puntos
Conducir un vehículo sin carné o sin el permiso adecuado.
Arrojar objetos a la vía que puedan producir incendios, accidentes u obstaculizar la circulación.
Incumplir las disposiciones sobre prioridad de paso, detenerse en un stop, ceda el paso y en los semáforos en rojo.
Poner en peligro o entorpecer a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida.
Adelantar poniendo en peligro a ciclistas.
Dar marcha atrás en autopistas y autovías.
No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación.
No mantener la distancia de seguridad.
Conducir un vehículo teniendo restringido el carné o el vehículo que se conduce.
3 puntos
Efectuar un cambio de sentido irregular.
Conducir usando auriculares o dispositivos que disminuyan la atención a la conducción, como móvil o navegador.
No usar cinturón, sistemas de retención infantil o casco.
2, 4, 6 puntos
Los excesos de velocidad, según el límite.
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