Aprobado Anteproyecto Ley Seguridad Ciudadana

El Anteproyecto de Ley de protección de la seguridad ciudadana sustituirá a la vigente Ley Orgánica del mismo nombre. Se …

El Anteproyecto de Ley de protección de la seguridad ciudadana sustituirá a la vigente Ley Orgánica del mismo nombre.

Se regulan así las obligaciones de documentación e identificación personal, las actuaciones para el mantenimiento y restablecimiento de la seguridad ciudadana, las potestades especiales de policía administrativa de la seguridad y el régimen sancionador.

Se clasifican infracciones muy graves, graves y leves, de acuerdo ahora sí, con la sistemática propia del Derecho administrativo sancionador.

Se esgrime, que la nueva regulación, reduce el margen de discrecionalidad con definiciones más precisas.

El Anteproyecto de Ley recoge algunas de las antiguas faltas que reciben ahora la calificación de infracciones administrativas.

De este modo, ciertos comportamientos dejan de ser sancionables en el ámbito penal y pasan a serlo en el ámbito administrativo.

Ojo, esto no significa necesariamente que se reduzca la cuantía de la sanción que corresponda, ya que en algunos casos, las sanciones previstas en derecho administrativo son muchos más cuantiosas que algunas contempladas en el ámbito penal.

Además, se regula el régimen de sujetos responsables con la novedad de concretar quiénes podrán ser considerados como responsables solidarios (titulares de establecimientos, promotores de espectáculos y actividades recreativas, organizadores de eventos deportivos, convocantes de manifestaciones, etcétera) y con la incorporación de la responsabilidad solidaria de los padres, tutores o guardadores legales o de hecho por los daños ocasionados por las infracciones que cometan los menores de edad (responsabilidad civil), a petición del Defensor del Pueblo.

El nuevo texto amplía de seis meses a un año el plazo de caducidad de los expedientes sancionadores.

Igualmente y con la nueva regulación, se castigará como infracción leve la mera no comunicación de la manifestación y se elevará a infracción grave dicha situación cuando exista adicionalmente uso de la violencia o de la alteración de la seguridad ciudadana.

Otro de los aspectos inovadores del Anteproyecto de Ley es que regula el valor probatorio del DNI y del pasaporte, y establece los deberes de los titulares de estos documentos, incorporando la posibilidad de firma electrónica de los mismos y manteniendo la exigencia de exhibirlos a requerimiento de los agentes de la autoridad, y la obligación de permitir la comprobación y verificar su autenticidad.

Escrito por Esperanza Sánchez Solís Abogada

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