¿Qué es el RETA y cómo darme de Alta?

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Bienvenidos a este artículo donde exploraremos el concepto, funcionamiento y cómo darnos de alta en el RETA, que corresponde al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Índice
  1. ¿Qué es el RETA?
  2. ¿Quiénes deben estar de alta en el RETA?
  3. Características del RETA
  4. Cómo darte de alta en el RETA

¿Qué es el RETA?

El RETA es el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos, es decir, el sistema de cotización para los autónomos.

Mientras los trabajadores por cuenta ajena cotizan en el régimen general de la seguridad social, los autónomos cotizan en el RETA.

¿Quiénes deben estar de alta en el RETA?

Básicamente, todos aquellos que cumplan con la definición de autónomo según la ley.

Un autónomo es una persona que realiza de forma habitual y directa una actividad económica a título lucrativo, sin estar sujeta a un contrato de trabajo con una empresa.

Además, también están obligados a estar en el RETA:

  1. Los cónyuges y familiares hasta el segundo grado que colaboren con el trabajador autónomo.
  2. Los autónomos económicamente dependientes que reciben al menos el 75% de los ingresos de un mismo cliente.
  3. Los autónomos extranjeros que residan y ejerzan legalmente en España.
  4. Los profesionales que requieran la incorporación a un colegio profesional cuyo colectivo esté integrado en el RETA.
  5. Los socios industriales de sociedades regulares colectivas y sociedades comanditarias.
  6. Los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado.
  7. Los comuneros o sociedades de comunidades de bienes.
  8. Las sociedades civiles irregulares y
  9. Aquellos que ejerzan funciones de gerencia y dirección. incluyendo el desempeño de cargo de consejero... administración.

Características del RETA

Una de las características principales del RETA es la flexibilidad en la elección de la base de cotización.

Los autónomos pueden elegir entre una base mínima y una base máxima, ajustando así su cuota de cotización según sus ingresos y necesidades.

También es importante destacar que se está trabajando en una cotización por ingresos reales, que busca recaudar más pero permitir a la mayoría de los autónomos pagar menos.

Sin embargo, compaginar este sistema con la flexibilidad necesaria para los autónomos puede resultar complicado.

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Además, existe una tarifa bonificada para los nuevos autónomos durante su primer año de actividad, que les permite pagar solo la cuota mínima por un tiempo determinado.

Es fundamental tener en cuenta que los autónomos cotizan de forma distinta a los trabajadores por cuenta ajena, ya que son responsables de pagar sus propios seguros sociales mes a mes.

En resumen, el RETA es un régimen especial de cotización para los trabajadores autónomos, que engloba a diferentes tipos de autónomos y ofrece cierta flexibilidad en la elección de la base de cotización.

Sin embargo, existen también desafíos a la hora de definir un sistema que sea justo y eficiente para todos.

Cómo darte de alta en el RETA

Este trámite está acompañado del alta en Hacienda a través del modelo 036 y 037.

Lo primero que debemos hacer es ingresar en la página web de la seguridad social y dirigirnos a la sección de afiliación, inscripción y modificaciones para seleccionar el alta en trabajo autónomo.

Allí podremos identificarnos a través de diferentes vías: certificado digital, clave pin vía SMS o clave permanente.

Una vez identificados, iniciaremos el formulario para el alta como autónomos en la seguridad social.

En el primer paso, indicaremos la fecha de inicio en la que vamos a trabajar por cuenta propia.

Si la fecha que indicamos para el alta es posterior a 30 días del momento en que estamos realizando el trámite, se nos dará la opción de cotizar a partir del día 15 o por el mes completo.

Diferencias entre contrato mercantil y laboralDiferencias entre contrato mercantil y laboral

En el siguiente paso, debemos informar sobre el tipo de actividad que vamos a desarrollar y, en caso de no conocer el CENAE, es decir, la Clasificación Nacional de Actividades Económicas, podemos indicar una descripción de la actividad.

Luego, seleccionaremos el organismo en el cual vamos a declarar nuestros impuestos, es decir en qué agencia tributaria vamos a presentar nuestros impuestos trimestrales, anuales... y proporcionaremos los datos relacionados con nuestro IAE.

Si no sabemos nuestro IAE, puedes buscarlo desde aquí.

En caso de no pertenecer a ningún colegio profesional, indicaremos que no es nuestro caso.

A continuación, tendremos que proporcionar el domicilio de nuestra actividad, que puede ser distinto de nuestro domicilio de residencia.

Posteriormente, se nos explicarán los detalles sobre la cuota a pagar a la seguridad social y las prestaciones a las que tendremos acceso.

También se nos mostrará la tabla de rendimientos y bases de cotización para elegir la base en la que queremos cotizar, que podrá modificarse en el futuro.

Luego, introduciremos nuestros rendimientos netos mensuales previstos y se nos informará sobre el tramo y la base de cotización en la que nos encontramos.

Si somos nuevos autónomos y no hemos estado de alta en los últimos dos años, podemos acogernos a la tarifa plana de 80 euros al mes durante los primeros 12 meses.

Después, se nos preguntará si trabajamos por cuenta ajena y queremos trabajar como autónomos a la vez o pluriactividad.

En caso de que sí, se debe seleccionar la opción correspondiente.

A continuación, se nos pedirá elegir la entidad aseguradora que gestionará nuestras coberturas.

Aquí seleccionaremos aquella que esté más cerca de nuestro lugar de trabajo, domicilio... o donde nos sea más cómodo acudir en caso necesario para nosotros.

Luego debemos proporcionar los datos de contacto para que la seguridad social pueda comunicarse con nosotros en caso necesario y daremos los permisos correspondientes para que sea así.

Finalmente, revisaremos los datos introducidos y procederemos a firmar y solicitar el alta.

Una vez hecho esto, recibiremos una confirmación de que nuestro alta ha sido efectiva y se nos solicitarán nuestros datos bancarios donde van a cobrar nuestros recibos mensuales en concepto de cuota de autónomo.

¡Y eso es todo! Ahora sabemos cómo dar de alta como autónomos en la seguridad social.

Si tienes alguna pregunta, no dudes en...

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Espero que les haya resultado interesante este artículo sobre el RETA y que sigan explorando nuestro sitio web para obtener más información.

José Antonio Escobar Alcobert

José Antonio Escobar Alcobert

Abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla núm. 7296. Máster en Derecho por la Universidad de Sevilla. Letrado con más de 25 años de experiencia.

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