La primera esposa ¿Tiene derecho a la pensión de viudedad? Lo que debes saber

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La pensión de viudedad es una prestación económica que se otorga a personas que hayan tenido algún vínculo matrimonial con un fallecido.

Tanto parejas de hecho como personas divorciadas o separadas pueden tener derecho a esta pensión, cumpliendo ciertos requisitos establecidos por ley.

En el caso de los divorciados, la pensión de viudedad corresponde al cónyuge legítimo del difunto, siempre y cuando no se haya vuelto a casar ni estar registrado como pareja de hecho con otra persona.

Además, se deben cumplir otras condiciones, como la duración de la relación matrimonial.

La distribución de la pensión, en caso de concurrencia de beneficiarios, se realiza de manera proporcional al tiempo vivido con el fallecido.

Índice
  1. ¿Qué es una pensión de viudedad?
  2. Concurrencia de beneficiarios y distribución de la pensión de viudedad
  3. Casos especiales y situaciones particulares
  4. Estadísticas sobre las pensiones de viudedad en España

¿Qué es una pensión de viudedad?

La pensión de viudedad es una prestación económica que se otorga a personas que han tenido algún vínculo matrimonial con un fallecido.

Esta pensión tiene como objetivo brindar apoyo económico a aquellos cónyuges o parejas de hecho que han perdido a su ser querido y dependían económicamente de él o ella.

Requisitos para acceder a la pensión de viudedad

Para poder acceder a la pensión de viudedad, es necesario cumplir con ciertos requisitos establecidos por la Ley General de la Seguridad Social.

Algunos de los requisitos más importantes son:

  • Tener algún vínculo matrimonial o de pareja de hecho con el fallecido/a.
  • No estar casado/a ni tener una pareja de hecho registrada con otra persona.
  • En el caso de divorciados, no haber contraído un nuevo matrimonio o haber registrado una nueva pareja de hecho.
  • En el caso de divorcios anteriores a 2008, tener más de 65 años, no percibir ninguna otra pensión contributiva y demostrar que la relación matrimonial duró más de 15 años.

Tipos de vínculos matrimoniales que pueden tener derecho a la pensión de viudedad

La pensión de viudedad puede ser otorgada a diferentes tipos de vínculos matrimoniales, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos.

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Estos vínculos pueden ser:

  • Matrimonio legal: Cuando la persona fallecida estaba legalmente casada con su cónyuge.
  • Pareja de hecho: Cuando la persona fallecida había registrado una pareja de hecho con la persona que solicita la pensión.

Es importante tener en cuenta que, en el caso de las parejas de hecho, es necesario haber registrado legalmente la relación para tener derecho a la pensión de viudedad.

Concurrencia de beneficiarios y distribución de la pensión de viudedad

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La pensión de viudedad puede generar situaciones en las que haya varios beneficiarios legítimos que tengan derecho a recibirla.

Ante esta concurrencia de beneficiarios, es necesario establecer un criterio de distribución que garantice una repartición justa de los recursos.

En este sentido, la normativa establece la obligación de distribuir la pensión de manera proporcional al tiempo vivido con el fallecido, asegurando que al menos el 40% de la pensión quede a favor del cónyuge o superviviente de la pareja de hecho.

Distribución proporcional de la pensión entre beneficiarios

En caso de que existan varios beneficiarios con derecho a la pensión de viudedad, se realizará una distribución proporcional de los recursos.

Esto implica que cada beneficiario recibirá una parte de la pensión que corresponda al tiempo vivido con el fallecido.

Por ejemplo, si hay dos beneficiarios y han convivido con el fallecido por periodos de tiempo diferentes, la pensión se dividirá en función de la duración de cada relación.

Es importante destacar que esta distribución proporcional se aplica incluso en el caso de la primera esposa.

Aunque tenga el derecho legítimo a recibir la pensión, su porcentaje de asignación dependerá del tiempo vivido con el fallecido en relación con otros beneficiarios que puedan tener derecho también.

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Garantía del 40% de la pensión a favor del cónyuge o superviviente de la pareja de hecho

La legislación establece que, al menos, el 40% de la pensión de viudedad debe ser asignado al cónyuge legítimo o superviviente de una pareja de hecho.

Esto significa que, en el reparto de la pensión entre los beneficiarios, se debe garantizar que dicho porcentaje quede a favor de esta figura.

Esta medida busca proteger los derechos de la persona que, por su vínculo legal o de hecho con el fallecido, tiene una mayor dependencia económica y, por tanto, una mayor necesidad de recibir la pensión de viudedad en su totalidad o en una proporción significativa.

Es importante tener en cuenta que esta garantía del 40% no implica que el restante 60% deba repartirse de manera igualitaria entre los demás beneficiarios.

La distribución proporcional se mantiene, pero siempre se debe asegurar que al menos el 40% de la pensión sea asignado al cónyuge o superviviente de una pareja de hecho.

Casos especiales y situaciones particulares

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Incremento de la pensión de viudedad por fallecimiento de la primera esposa

En caso de fallecimiento de la primera esposa, la última esposa puede solicitar un incremento de la pensión de viudedad hasta alcanzar el 100%, siempre y cuando no existan otras pensiones concurrentes.

Esta medida busca garantizar la estabilidad económica del cónyuge que queda como único beneficiario de la pensión de viudedad.

Es importante destacar que este incremento no se aplica en otras situaciones, como el fallecimiento del cónyuge viudo y la supervivencia del primer cónyuge.

Otros casos de concurrencia de beneficiarios sin derecho a pensión de viudedad

En aquellos casos en los que exista concurrencia de beneficiarios y no se cumplan los requisitos para otorgar la pensión de viudedad a todos ellos, se distribuirá la prestación de forma proporcional al tiempo vivido con el fallecido.

Sin embargo, se debe garantizar que al menos el 40% de la pensión quede a favor del cónyuge o superviviente de una pareja de hecho.

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Es importante tener en cuenta que, en situaciones de divorcio ocurridas después de enero de 2010, también se requerirá que no se haya vuelto a casar o tener pareja de hecho, y que se haya reconocido una pensión compensatoria que finalice con el fallecimiento de la expareja.

Estadísticas sobre las pensiones de viudedad en España

Número de personas que reciben la pensión de viudedad

En España, actualmente hay un total de 2.354.435 personas que reciben la pensión de viudedad, una prestación económica destinada a aquellos que han tenido algún vínculo matrimonial con una persona fallecida.

Esta cifra refleja el número de personas que cumplen con los requisitos legales para acceder a esta pensión, ya sean parejas de hecho, divorciados o separados.

La pensión de viudedad es otorgada por la Seguridad Social y su objetivo es brindar apoyo económico a aquellas personas que han perdido a su cónyuge o pareja de hecho y que dependían económicamente de él o ella.

Es una prestación de vital importancia para muchas personas, especialmente aquellas en situaciones de vulnerabilidad económica.

Esperanza Sánchez Solís

Esperanza Sánchez Solís

Abogada colegiada del Ilustre Colegio de Sevilla núm. 7773. Máster en Derecho por la Universidad de Sevilla. Letrada con más de 25 años de experiencia.

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