No a los despidos y listas negras
Condena por vulnerar el derecho a la protección de datos personales.
El Tribunal Supremo ha condenado a una empresa por vulneración del derecho a la protección de los datos personales y del derecho al honor en un despido de un trabajador.
Comunicación a otra empresa.
La empresa comunicó la causa de su despido a otra compañía con el fin de incluirlo en una “lista negra”, lo que dificultó la búsqueda de un nuevo empleo.
Ilegalidad de cesión de datos.
El Tribunal Supremo mantiene que la cesión de datos fue ilícita porque no contó con el consentimiento del afectado y además, porque lo datos no eran veraces y afectaban negativamente a su reputación.
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