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Planes de actuación en Fundaciones y Asociaciones: Una guía integral

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En el universo de las organizaciones sin ánimo de lucro, como son las fundaciones y asociaciones de utilidad pública, la transparencia y la buena gestión son pilares fundamentales.

Una herramienta clave en este ámbito es el plan de actuación, un documento que no solo cumple con una obligación legal sino que facilita la organización interna y la comunicación con stakeholders.

Este artículo profundiza en qué son, su importancia, cómo se elaboran, y mucho más.

Resumen

¿Qué son los Planes de Actuación?

Los planes de actuación son documentos estratégicos que detallan las actividades, presupuestos, y objetivos de las fundaciones y asociaciones para un periodo específico, usualmente un año.

Van más allá de ser simples presupuestos, incorporando una visión integral de la entidad, incluyendo sus fines, los recursos disponibles, y cómo estos se asignarán para alcanzar los objetivos propuestos.

Objetivos de los Planes de Actuación

El propósito de estos planes es doble.

Por un lado, ofrecen un marco para la planificación y seguimiento de las actividades durante el año.

Por otro, proporcionan una base para la rendición de cuentas, mostrando el grado de cumplimiento de los objetivos y la efectividad en la utilización de los recursos.

Entidades Obligadas y Contenido Requerido

Entidades Obligadas

La obligación de elaborar y presentar planes de actuación recae sobre todas las entidades sin fines de lucro acogidas a la ley 49/2002, incluidas en el plan sectorial para este tipo de organizaciones.

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Contenido Esencial

Un plan de actuación debe incluir, como mínimo:

  • Información Identificativa: Detalles de cada actividad planificada, tanto propias como mercantiles.
  • Presupuesto: Estimación de gastos e ingresos, detallando los recursos financieros y humanos asignados.
  • Objetivos e Indicadores: Metas específicas y cómo se medirá el éxito o grado de realización de cada actividad.

Diferenciación entre actividades propias y mercantiles

Es crucial distinguir entre las actividades que directamente persiguen los fines de la entidad (actividades propias) y aquellas de carácter mercantil.

Las actividades mercantiles buscan generar ingresos complementarios, siempre y cuando estén relacionadas o sean accesorias a los fines de la entidad.

Elaboración y Temporalidad

Elaboración del Plan

El plan debe ser elaborado por el órgano de gobierno de la entidad en los últimos tres meses del año fiscal, asegurando que esté listo para su implementación desde el inicio del siguiente periodo.

Temporalidad

La presentación de estos planes debe ajustarse a los plazos legales, habitualmente al final del ejercicio fiscal, lo que varía según el calendario fiscal de la entidad.

Presentación y Aprobación

Dónde y cuándo presentarlo

Los planes deben presentarse ante el organismo correspondiente, que varía según la naturaleza y ámbito de la entidad; por ejemplo, el protectorado en el caso de fundaciones estatales o el registro de asociaciones para estas últimas.

Proceso de Aprobación

La aprobación recae en el órgano de gobierno de la entidad, que debe revisar, ajustar y finalmente validar el documento antes de su presentación oficial.

Los planes de actuación son más que un requisito legal para fundaciones y asociaciones; son una herramienta estratégica para la planificación eficaz, la gestión transparente y la rendición de cuentas.

Al seguir las pautas y recomendaciones detalladas en este artículo, las entidades pueden no solo cumplir con sus obligaciones sino también mejorar su impacto y eficiencia, fortaleciendo así su contribución a la sociedad.

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Admin

Abogado colegiado del Ilustre Colegio de Sevilla núm. 7296. Letrado con más de 30 años de experiencia.