Nuevo Timo en telefonía móvil

Timo del cobro «por desistimiento» El nuevo timo o fraude en la telefonía móvil es el llamado cobro por desistimiento …

Timo del cobro «por desistimiento»

El nuevo timo o fraude en la telefonía móvil es el llamado cobro por desistimiento en el cambio.

Es evidente que los problemas con los operadores de telefonía móvil no acabaran nunca, a pesar de las sucesivas regulaciones del sector y las continuas Sentencias y Resoluciones dictadas en relación con los mismos.

Lamentablemente los usuarios debemos aprender a estar permanentemente alerta, cuando nos ofrecen cambios de contratos, móviles nuevos, etc.

Pero a pesar de todo siguen sucediéndose las novedades en los problemas que nos encontramos y que conllevan gastos y quebraderos de cabeza para solucionarlos.

La “novedad” ha llegado con los cobros por desistimiento en el cambio de compañía.

Varias compañías de teléfono habían establecido penalizaciones para el caso de que, después de solicitada una portabilidad, nos arrepintiésemos (desistiéramos) de ella.

El caso más común se produce cuando nos llama un comercial muy amable y nos convence de que nos cambiemos a su compañía porque nos mejoran todas las condiciones.

Aceptamos la oferta y solicitamos la portabilidad del número.

En ese momento nos llama nuestra anterior compañía de teléfono y para que no nos vayamos, nos ofrece mejoras en las condiciones.

Nosotros, que a pesar de todo somos fieles, aceptamos quedarnos en la antigua compañía y avisamos a la nueva de que ya, no nos cambiamos.

Indemnización por Vuelo Retrasado 2Indemnización por Vuelo Retrasado

Entonces comenzaba el problema.

La nueva compañía nos indica que se han ocasionado gastos por su gestión y que nos cobra una «penalización» por gestiones administrativas.

Esta situación ya fue denunciada por las Asociaciones de defensa del consumidor y la misma prácticamente ya no se usa.

Sin embargo, la novedad consiste en que ya no es la compañía de telefonía quien nos quiere cobrar esta penalización por desistimiento, sino que es el comercial que vino a visitarnos a casa o a la oficina, quien quiere cobrar su comisión por el trabajo que hizo.

En Abogados en Sevilla EyS entendemos que dicha práctica es igualmente ilícita, pero ante todo lo que les recomendamos es tener cautela y emplear el sentido común.

Por simpático y agradable que sea el comercial, NO debe firmarse contrato alguno sin revisarlo, o pedir a un abogado u otro profesional del derecho que lo revise.

En el caso de una empresa que decida cambiar sus líneas si tiene varias, la factura por desistimiento puede alcanzar cantidades considerables.

Esperanza Sánchez Solís
Autor
Esperanza Sánchez Solís
Abogada colegiada del Ilustre Colegio de Sevilla núm. 7773. Máster en Derecho por la Universidad de Sevilla. Letrada con más de 25 años de experiencia.

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