Fumar Sitios Permitidos Vs Prohibidos

Fumar sitios prohibidos vs permitidos
Índice
  1. Fumar es malo (ya se sabe), y con la ley 42/2010 han aumentado los lugares en los que está prohibido fumar.
    1. Parece que hay un cierto nerviosismo y todavía mucha gente no tiene claro dónde se puede fumar y dónde no, pero la ley es clara en este sentido (para bien o para mal).
    2. Hay muchos que pensaban que cuando entrase en vigor la ley, sólo se podría fumar en medio del campo y escondido o en el salón de tu casa y con miedo, esto no es así, pero también es verdad que se restingen lugares que hasta ahora posibilitaban este hábito (vicio para algunos).
  2. En resumen, siempre que se trate de espacios de uso público, sólo podrá fumarse al aire libre.
  3. Se exceptúan los colegios, hospitales y centros de salud, y las zonas de juego infantiles de los parques.
    1. En las terrazas de los bares podrá fumarse, entendiendo por terraza aquel recinto sin techo o bien que estando cubierto sólo esté delimitado por dos de sus laterales.

fumar es malo marilynFumar es malo (ya se sabe), y con la ley 42/2010 han aumentado los lugares en los que está prohibido fumar.

Parece que hay un cierto nerviosismo y todavía mucha gente no tiene claro dónde se puede fumar y dónde no, pero la ley es clara en este sentido (para bien o para mal).

Hay muchos que pensaban que cuando entrase en vigor la ley, sólo se podría fumar en medio del campo y escondido o en el salón de tu casa y con miedo, esto no es así, pero también es verdad que se restingen lugares que hasta ahora posibilitaban este hábito (vicio para algunos).

Desde el día 2 de enero de 2011 se prohíbe fumar en:

a. Centros de trabajo excepto los espacios al aire libre.
b. Centros y dependencias de las Administraciones públicas.
c. Centros sanitarios, incluidos los espacios al aire libre comprendidos en su recintos. Centros de atención social.
d. Centros docentes incluidos los espacios interiores al aire libre. Se permite fumar en los espacios al aire libro de los centros universitarios o dedicados a la formación de adultos.
e. Instalaciones deportivas y lugares donde se desarrollen espectáculos públicos, siempre que no sean al aire libre.
f. Zonas destinadas a la atención directa al público.
g. Centros comerciales salvo en los espacios al aire libre.
h. Centros de atención social.i. Centros de ocio o esparcimiento, salvo en los espacios al aire libre.
j. Centros culturales, salas de lectura, exposición, biblioteca, conferencias y museos.
k. Salas de fiesta, establecimientos de juego o de uso público en general, salvo en los espacios al aire libre.
l. Áreas o establecimientos donde se elaboren, transformen, preparen, degusten o vendan alimentos.
m. Ascensores y elevadores.
n. Cabinas telefónicas, recintos de los cajeros automáticos y otros espacios cerrados de uso público de reducido tamaño.

ñ. Estaciones de autobuses, salvo en los espacios que se encuentren al aire libre.
o. Todos los espacios del transporte suburbano, salvo en los espacios que se encuentren por completo al aire libre.
p. Estaciones, puertos y medios de transporte ferroviario y marítimo, salvo en los espacios al aire libre.
q. Aeropuertos, salvo en los espacios que se encuentren al aire libre.
r. Estaciones de servicio y similares.
s. Cualquier otro lugar en el que, por mandato de esta Ley o de otra norma o por decisión de su titular, se prohíba fumar.
t. Hoteles, hostales y establecimientos análogos, salvo en los espacios al aire libre. No obstante, podrán habilitarse habitaciones fijas para fumadores siempre que cumplan determinados requisitos.
u. Bares, restaurantes y demás establecimientos de restauración cerrados. Se entenderá que la terraza es espacio abierto y por ello se puede fumar siempre que no tenga techo o teniéndolo sólo esté cerrado por dos laterales.
v. Salas de teatro, cine y otros espectáculos públicos que se realizan en espacios cerrados.
w. Recintos de los parques infantiles y áreas o zonas de juego para la infancia.
x. En todos los demás espacios cerrados de uso público o colectivo.

En resumen, siempre que se trate de espacios de uso público, sólo podrá fumarse al aire libre.

Se exceptúan los colegios, hospitales y centros de salud, y las zonas de juego infantiles de los parques.

En estos espacios, a pesar de estar al aire libre, se prohíbe fumar.

En las terrazas de los bares podrá fumarse, entendiendo por terraza aquel recinto sin techo o bien que estando cubierto sólo esté delimitado por dos de sus laterales.

Escrito por José Antonio Escobar Alcobert Abogado

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